LINEAMIENTOS PARA EL USO DE ESPACIOS DEL ESTACIONAMIENTO EN LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL UNIDAD AJUSCO
Los siguientes Lineamientos tienen la finalidad de regular el uso de espacios de estacionamiento e incrementar la seguridad vehicular y de tránsito peatonal, dentro de las instalaciones de la Universidad Pedagógica Nacional Unidad Ajusco (UPN), de acuerdo a los siguientes:
LINEAMIENTOS
1.- Los presentes Lineamientos son aplicables a todo el personal académico, administrativo, estudiantes, visitantes y proveedores de servicios, que se denominaran “usuarios” de los espacios para estacionamiento de la UPN.
2.- La Subdirección de Recursos Materiales y Servicios, emitirá en tiempo y forma, el o los permisos de acceso al inmueble que se denominarán “corbatines”, mismos que servirán para el control de acceso y permanencia que a su consideración juzgue pertinente, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para su expedición.
Para identificar el tipo de usuario se asignará colores a los corbatines:
Azul: Personal Académico;
Rojo: Estudiantes;
Verde: Personal Administrativo.
Beige: Visitantes y Proveedores
3.- El corbatín es personal e intransferible, se prohíbe su reproducción total o parcial, así como su falsificación, la cual podría constituir un ilícito de orden penal, en el caso de los alumnos dicha falta constituye una causal de sanción de las previstas en el Reglamento de Licenciatura de la Universidad Pedagógica Nacional.
El corbatín podrá ser sobrepuesto o adherido, según su función, en el parabrisas del vehículo automotor, pero invariablemente deberá ser mostrado al personal de vigilancia al ingreso del inmueble.
4.- En caso de que el usuario cuente con más de un vehículo registrado para el acceso al estacionamiento, el corbatín deberá ser colocado en el vehículo que esté utilizando.
La Subdirección de Recursos Materiales de la UPN, se reserva el derecho de expedir, revalidar o cancelar cualquiera de los corbatines, según el uso o necesidades de la Universidad.
5.- Los usuarios podrán ocupar cualquier cajón disponible, respetando los lugares asignados para personas con capacidades diferentes y los de uso oficial, en caso de invadir un área reservada para tales fines, el vehículo podrá ser retirado con grúa.
6.- Al estacionar el vehículo deberá de ocupar únicamente un cajón de estacionamiento y por ninguna razón obstruir la circulación entre los camellones de los peatones y señales de tránsito.
Los peatones y ciclistas siempre tendrán preferencia del paso.
7.- El horario del estacionamiento será de lunes a viernes de las 6:00 horas a las 21 horas, y sábados de las 7:00 horas a las 17:00 horas, durante los días festivos y periodos vacacionales, el acceso de vehículos estará sujeto a la autorización correspondiente de la Secretará Administrativa.
8.- El acceso al estacionamiento se realizará por las puertas 1 y 6 y la salida se realizará por las puertas 2 y 7, indistintamente.
Al ingresar y al salir del estacionamiento, los usuarios deberán mostrar el corbatín vigente. Los visitantes y proveedores a su ingreso, deberán dejar una identificación oficial, y se les proporcionará un corbatín de visitante, la cual será devuelta al registrar su salida en la bitácora del personal de vigilancia.
9. La velocidad máxima de circulación dentro del estacionamiento será de 10 km/hr, no se permitirá circular en reversa por más de 10 metros y tanto usuarios como visitantes deberán respetar los señalamientos de tránsito ubicados en el estacionamiento de la UPN.
10.- El usuario es responsable de estacionar, abrir y/o cerrar su vehículo automotor, por lo que la UPN no se hará responsable por: objetos olvidados en el interior, desperfectos mecánicos y/o eléctricos, incendios motivados por deficiencias en la instalación eléctrica o falla del motor, robos parciales y/o totales del interior o exterior del vehículo (estéreos, espejos, tapones, calaveras etc.), raspaduras, golpes o abolladuras hechas por otros vehículos, daños causados por inundaciones, incendios, temblores o terremotos, o cualquier otro fenómeno de la naturaleza, destrucción total o parcial motivada por causa fortuita o de fuerza mayor, alteración de la paz pública o disturbios estudiantiles.
11.- En caso de accidentes o descomposturas, los usuarios o visitantes deberán dar aviso al personal de vigilancia, a efecto de que se autorice el acceso al personal técnico, y en su caso la salida del vehículo en grúa, o bien la permanencia del mismo, en el estacionamiento por más de un día.
12.- Queda estrictamente prohibido:
a) Consumir en el estacionamiento bebidas alcohólicas, inhalantes, narcóticos, estupefacientes, psicotrópicos, enervantes consideradas como ilegales por las autoridades judiciales o cualquier otra sustancia prohibida en las instalaciones de la Universidad.
b) Usar excesivamente el claxon y motor, escape o cualquier otro accesorio que funja como tal, subir los niveles de sonido muy altos del estéreo o radio de los vehículos (coches o motocicletas) que causen distracción en las clases o áreas de trabajo.
c) Prestar a otro u otros el corbatín.
d) Ingresar con otro vehículo no registrado en el corbatín.
13. Las autoridades de la UPN, así como el personal de seguridad podrá revisar, selectivamente el interior de los vehículos que entren, salgan o permanezcan dentro de la unidad, en cualquier momento que la seguridad de la Universidad, así lo requiera.
14.- Las motocicletas y bicicletas se deberán estacionar sólo en las áreas designadas para las mismas, los usuarios que ingresen en motocicleta deberán usar casco protector.
15.- El usuario que haga mal uso del estacionamiento, será objeto de las sanciones a que haya lugar de conformidad con las resoluciones de las instancias competentes.
16.- Cualquier situación no prevista en los presentes lineamientos será resuelta por la Secretaría Administrativa de la UPN.
17.- Los presentes lineamientos entran en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta UPN Órgano Informativo Oficial de la Universidad Pedagógica Nacional.
18.- Se dejan sin efecto los Lineamientos para el uso del Estacionamiento en la Universidad Pedagógica Nacional, de fecha 04 de noviembre 2008.
Atentamente
“Educar para trasformar”
Ciudad de México a 09 de marzo del 2018
DR. TENOCH ESAÚ CEDILLO ÁVALOS
R e c t o r